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El Defensor del Pueblo recomienda al Ayuntamiento de Canet de Mar que “no impida la grabación de los plenos ni la difusión de lo grabadoâ€

07/05/2013 por GTP MADRID

El Defensor del Pueblo hace esta recomendación al ayuntamiento de Canet de Mar a pesar de las alegaciones de éste. En ellas, el Ayuntamiento dice que:
-          Cualquier grabación de las sesiones plenarias debe contar con la autorización expresa del Presidente
-          La persona que quería efectuar la grabación no acreditó su pertenencia a un medio de comunicación público o privado.
-          El pleno ya es grabado por los servicios de la Corporación.
-          Se desestimó la petición del vecino de Canet por una posible coacción a la libertad de expresión de los miembros de la corporación y  el respeto a otros derechos constitucionales como al honor, a la intimidad personal y la propia imagen de los mismos.
El Defensor del Pueblo recuerda al Ayuntamiento la jurisprudencia favorable a grabar los plenos y lo dispuesto en los artículos 28 y 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril.
Finalmente, el Defensor del Pueblo hace la siguiente recomendación al Ayuntamiento de Canet de Mar.
“Que en atención a los derechos fundamentales reconocidos en el artículo 20 de la Constitución y en los términos reflejados en las consideraciones que anteceden, no impida la grabación de los plenos y la difusión de lo grabado, siempre con respeto a las normas de protección de datos de carácter personal y a los límites establecidos en el precepto constitucional y leyes de desarrollo, con previa indicación a todos los presentes en los plenos de que se trate de que las sesiones pueden ser grabadas en soporte sonoro y audiovisual, para su posterior divulgación en medios de comunicación y difusión.”
Una vez más nos congratula saber que el Defensor del Pueblo avala que un ciudadano, por el simple hecho de serlo, pueda grabar un pleno municipal sin tener que ser periodista, aunque el pleno ya se grabe y que esto no cercena otros derechos de los miembros de la corporación. Nos parece fundamental que, además,   se pueda difundir lo grabado por cualquier medio de comunicación, redes sociales, Internet, canales de video o audio, radio o televisión.
El documento viene firmado por Francisco Fernando Marugán, Adjunto Primero del Defensor del Pueblo,
Muchas gracias a este vecino por enviarnos la información.

La resoludión se puede descargar aquí (pdf, 904 Kb)


    

 
 

 

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